Sociedad

Desconexión digital solo aplica en “teletrabajadores” del sector privado

La falta de límites puede provocar que las personas permanezcan en un estado constante de disponibilidad, lo que provoca estrés, ansiedad, insomnio y otros trastornos de salud mental


🖋 Redacción

La desconexión digital representa una herramienta fundamental para proteger la salud física y emocional de los trabajadores, al garantizar que una vez concluida su jornada laboral puedan ejercer su derecho al descanso sin estar disponibles permanentemente a través de dispositivos electrónicos.

Así lo destacó la titular del Centro de Conciliación Laboral del Estado de Hidalgo (CCLEH), Mariela Valero Mota, al explicar que este derecho se encuentra previsto en el artículo 330-E de la Ley Federal del Trabajo y actualmente aplica únicamente para los trabajadores del apartado A del artículo 123 constitucional -quienes laboran en empresas privadas— que desempeñan sus funciones bajo la modalidad de teletrabajo.

Precisó que la desconexión digital consiste en establecer, desde el contrato de trabajo, los horarios en los que concluye la jornada laboral y las condiciones bajo las cuales podrían existir comunicaciones extraordinarias entre empleador y trabajador, siempre mediante acuerdos previamente pactados.

La funcionaria destacó que el uso cotidiano de teléfonos móviles, computadoras y otras tecnologías ha permitido realizar actividades laborales desde cualquier lugar.

Sin embargo, advirtió que la falta de límites puede provocar que las personas permanezcan en un estado constante de disponibilidad, lo que provoca afectaciones como estrés, ansiedad, insomnio y otros trastornos de salud mental que ya son reconocidos como enfermedades de trabajo por la legislación mexicana.

Valero Mota informó que actualmente existe una iniciativa de reforma aprobada por la Cámara de Diputados y turnada al Senado de la República, cuyo objetivo es ampliar el derecho a la desconexión digital para todos los trabajadores, independientemente de que laboren o no bajo la modalidad de teletrabajo.

En el caso del teletrabajo, recordó que esta modalidad se configura cuando más del 40 por ciento de la jornada se desarrolla fuera del centro de trabajo mediante el uso de tecnologías de la información, por lo que las condiciones de disponibilidad, posibles excepciones y, en su caso, compensaciones por actividades fuera del horario laboral, deben establecerse de común acuerdo entre ambas partes.

La titular del CCLEH señaló que todas las personas que enfrentan un conflicto relacionado con sus condiciones laborales pueden acudir a esta institución para recibir asesoría jurídica gratuita y confidencial, sin que ello implique notificar de manera inmediata al empleador.

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