Política

Desecha TEEH tres procedimientos especiales sancionadores

PRI y Morena denunciaron la colocación ilegal de propaganda electoral en Pachuca y Acaxochitlán, pero no pudieron acreditar la violación a las normas electorales


Miguel Alburquerque – PACHUCA

El Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) declaró improcedentes tres procedimientos especiales sancionadores derivados de los comicios para diputados locales y extraordinarios municipales en Acaxochitlán celebrados el pasado 6 de junio.

Dos de los juicios fueron iniciados por el PRI, uno contra la ex candidata de la coalición Juntos Haremos Historia en Hidalgo (JHHH) a la diputación local por el distrito XII Pachuca, María de la Luz Rubio González, y el otro contra el contralor municipal de Acatlán, Marco Antonio Pérez Cervantes, por conductas que el Revolucionario Institucional considera violatorias de Código Electoral vigente en la entidad.

En el primer caso fue por la colocación de propaganda en lugar prohibido. A pesar de que una oficialía electoral certificó que en el espacio público Parque Arroyo Sosa, de la colonia Felipe Ángeles, fueron fijadas cuatro lonas con la imagen de Rubio González, bastó con que la denunciada negara los hechos para que el procedimiento fuera declarado improcedente por el magistrado Leodegario Hernández Cortez.

Contra Pérez Cervantes, el PRI expuso que el contralor municipal de Acatlán realizó publicaciones en la red social Facebook que presuntamente infringieron los principios de imparcialidad y equidad en la contienda electoral, al contener propaganda gubernamental y promoción personalizada con el uso de recursos públicos.

Sin embargo, estos argumentos no procedieron debido a que, de acuerdo con el magistrado ponente, el funcionario realizó las publicaciones en nombre de una asociación civil de la cual es presidente y por lo tanto no son ilegales.

En otro procedimiento especial sancionador, Morena denunció al PRI por la colocación en lugar prohibido de propaganda del ex candidato a presidente municipal de Axaxochitlán, Salvador Neri Sosa.

Sin embargo, no logró acreditar la violación a las normas electorales debido a que sólo presentó fotografías que no pudo concatenar con circunstancias de modo, tiempo y lugar, además de que tampoco se certificó la existencia de esa propaganda mediante una oficialía electoral.

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