PrincipalesSalud

Cubrebocas, obligatorio para servidores públicos, taxistas y preparadores de alimentos

Mañana entrará en vigor un acuerdo publicado en el Periódico Oficial del Estado; “procurarán” que ciudadanos usen las mascarillas en espacios públicos


Oliver García – PACHUCA

En caso de no portar cubrebocas, el gobierno de Hidalgo sancionará a trabajadores, operadores del transporte público, servidores públicos y personal de centros de abasto y venta de alimentos, según un acuerdo publicado en el Periódico Oficial del Estado (POEH) que entrará en vigor este miércoles.

El documento precisa que esta medida preventiva de alto impacto tiene el propósito de evitar la propagación de Covid-19 en la entidad.

El cubrebocas deberá ser utilizado por trabajadores de todos los sectores, en cualquiera de sus modalidades, que por razón de sus actividades no tengan la posibilidad de laborar vía remota. La medida incluye al personal de salud, seguridad pública y quienes presten servicios públicos en la entidad.

Quienes se desempeñen en todos los centros de abasto, establecimientos comerciales o aquellos que manejen alimentos, deberán utilizar correctamente el cubrebocas y “procurarán” que los clientes o visitantes lo utilicen correctamente mientras se encuentren dentro de las instalaciones.

En caso de que los clientes o visitantes no cuenten con cubrebocas, se “procurará” proporcionar uno para su acceso, señala el acuerdo.

Los operadores de los vehículos del servicio público de transporte de pasajeros, tanto convencional como masivo, cualquiera que sea su modalidad y tipo de servicio, deberán hacer uso de la herramienta y promover su adecuada utilización, además de todos los usuarios.

Dentro de las instalaciones de los sectores público, privado y social, mediante el uso de medios visuales, se darán a conocer los criterios para su uso y se promoverá la elaboración doméstica de cubrebocas de los distintos materiales que sean útiles para la prevención del contagio de Covid-19.

“El incumplimiento de cualquiera de las medidas descritas en el presente acuerdo, atendiendo al caso, será sancionado por la autoridad sanitaria competente, conforme a las disposiciones jurídicas aplicables”, señala.

Uso ciudadano

Para el resto de las personas, el documento indica que “procurarán” usar las mascarillas durante el tránsito y desplazamiento de un lugar a otro, el acceso a instituciones públicas o privadas, transporte, centros y cadenas comerciales.

Los menores de dos años de edad y personas con dificultades respiratorias, o que por algún motivo no puedan quitarse al mascarilla sin asistencia, no deberán portarlo.

Artículos relacionados

Back to top button
error: Content is protected !!