Se acabaron los “chanclazos”; prohíben maltrato de padres a menores
Diputados aprobaron una reforma al artículo 225 de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes de Hidalgo
Oliver García – PACHUCA
El Congreso de Hidalgo aprobó una reforma al artículo 225 de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes de Hidalgo para prohibir a los padres o personas que ejerzan la custodia o tutela imponer un castigo corporal o cualquier tipo de trato humillante como forma de corrección disciplinaria a los menores.
El Comité de los Derechos del Niño de la ONU define estas prácticas como toda sanción en la que se utilice la fuerza física y tenga por objeto cierto grado de dolor o molestar, aunque sea leve, como manotazos, bofetadas o palizas, señala el dictamen de la iniciativa propuesta por la diputada Lisset Marcelino Tovar, de Morena.
“También puede consistir en, por ejemplo, dar puntapiés, zarandear o empujar a los niños, arañarlos, pellizcarlos, morderlos, tirarles del pelo o de las orejas, obligarlos a ponerse en posturas incómodas, producirles quemaduras, obligarlos a ingerir alimentos hirviendo u otros productos (por ejemplo, lavarles la boca con jabón u obligarlos a tragar alimentos picantes)”, menciona.
Asimismo, fue eliminado el artículo 142 del Código Penal que contempla la no punibilidad basada en el derecho de corrección que tienen los padres; no obstante, esto no supone tampoco que todos los casos del uso de castigo corporal deberán terminar con una sentencia en los supuestos del ordenamiento.
El documento menciona que la ley no se ocupa de asuntos triviales, pero garantiza que las agresiones leves entre adultos sólo lleguen a los tribunales en circunstancias muy excepcionales. Este mismo principio se aplicará a las agresiones de menor cuantía a los niños.