Reforma legal posiciona a Hidalgo como el estado más avanzado en protección animal
• La LXV Legislatura local aprobó modificaciones a la Ley de Protección y Trato Digno a los Animales y al Código Penal
Redacción – PACHUCA
Con 23 votos a favor, el Congreso local aprobó reformas a la Ley de Protección y Trato Digno a los Animales y al Código Penal del Estado de Hidalgo para regular las buenas prácticas pecuarias en los establecimientos dedicados el procesamiento de bienes de origen animal para consumo humano.
Esta modificación posiciona a Hidalgo como el estado más avanzado en materia de protección animal.
Durante la sesión ordinaria realizada este martes fueron presentadas ocho iniciativas en materia de Código Penal, Ley Estatal de Agua y Alcantarillado, Ley de Cultura Física, Deporte y Recreación, Ley Orgánica del Poder Legislativo y Ley para la Familia, entre otras. Además, se aprobaron dos dictámenes: el de protección animal y uno sobre salud sexual.
El diputado Antonio Hernández propuso adicionar en el Código Penal la clasificación de conductas para tutelar los bienes jurídicos que no están bajo la protección del derecho y se encuentran expuestos al empleo o uso indebido de las tecnologías de la información y la comunicación.
Asimismo, los legisladores Citlalli Jaramillo y Juan de Dios Pontigo propusieron la incorporación de acciones que impidan el consumo ilegal de agua por medio de tomas clandestinas, mientras que la diputada Marcia Torres propuso adicionar la Ley de Cultura Física, Deporte y Recreación de la entidad para fomentar, promocionar, estimular y dirigir estas actividades a las personas adultas mayores.
Más adelante, el diputado Ángel Tenorio planteó ante el pleno reformar la Ley para la Familia, para que la persona obligada a dar alimentos cumpla en asignar una pensión suficiente y adecuada para asegurar una vida digna y decorosa a las personas acreedoras.
En su calidad de secretaria de la mesa directiva, la diputada Citlalli Jaramillo dio lectura a una iniciativa para tipificar como violación equiparada las relaciones sexuales con menores de 18 años, además de definir al término cópula como la introducción del miembro viril, así como de cualquier objeto o miembro en el cuerpo humano por vía vaginal, anal y bucal.
Por último, se dictaminó con 24 sufragios modificar el Código Penal y la Ley de Salud de la entidad para prohibir el promover, impartir, aplicar, obligar o financiar cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica, con el objetivo de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o modificar la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.