Política

Implementa IEEH herramienta para registro virtual de candidatos

Listos los criterios generales para la inscripción de planillas en la renovación de ayuntamientos; aspirantes a alcaldes deberán tener al menos 21 años el día de las votaciones


La Verdad Hidalgo – PACHUCA

Tener 18 años cumplidos al día de la elección para el caso de aspirantes a regidores y 21 para síndicos y alcaldes, además de la postulación obligatoria de una persona menor de 30 años entre los primeros cuatro lugares de las planillas a registrar, son algunos de los criterios que deberán acatar partidos políticos y candidatos independientes en los comicios municipales a celebrarse el próximo 18 de octubre.

Durante la segunda sesión extraordinaria de agosto, el Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Hidalgo (IEEH) avaló un sistema informático para el registro virtual de candidaturas como una herramienta tecnológica para evitar posibles contagios del virus SARS-CoV-2.

El organismo explicó que este instrumento será una alternativa para la presentación de las solicitudes de registros, a través de la cual se podrá evitar el contacto físico y reducir riesgos sanitarios.

Anunció que, para su uso correcto, a través de la Secretaría Ejecutiva se capacitará a las representaciones partidistas, candidaturas comunes y en su caso a los aspirantes a una candidatura independiente.

Como ya lo informó La Verdad Hidalgo, el IEEH también estableció el 19 de agosto como fecha límite para que los servidores públicos que tengan la intención de competir se separen de sus funciones.

En el caso de los diputados locales, aunque el plazo para que dejen el puesto es de 90 días antes de la votación, el órgano administrativo acordó tomar como válidos los días que los actuales legisladores se mantuvieron separados del cargo antes de que el proceso electoral fuera suspendido por el INE ante la pandemia de Covid-19.

De acuerdo con el IEEH, esta disposición sólo aplicaría en aquellos representantes que en su momento solicitaron licencia con el propósito de buscar una candidatura en sus respectivos partidos políticos.

“A partir de la reanudación de este proceso electoral y hasta el día de la nueva fecha para la jornada electoral median únicamente 79 días, los cuales no permiten el cumplimiento pleno del requisito señalado en el Código Electoral, por lo que se estima procedente considerar los días que permanecieron separados del cargo antes de la suspensión referida, en aras de no vulnerar su derecho de participación en la contienda”, expuso el instituto local.

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