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Emite CDHEH recomendación por muerte en autolavado de Ramírez Ulloa

Deberá la PGJEH garantizar la reparación del daño a los familiares de la víctima, así como aprehender al comandante de los ministeriales

Oliver García – PACHUCA

Por el deceso de un hombre durante el cumplimiento de una orden de aprehensión en un autolavado de la calle Ramírez Ulloa, en la colonia Doctores, la Comisión de Derechos Humanos del Estado (CDHEH) emitió una recomendación a la Procuraduría de Justicia (PGJEH).

El 2 de noviembre de 2018 se reportó el deceso de un individuo de 31 años por impacto de arma de fuego, la cual fue disparada por un agente cuando se intentaba cumplir el mandato judicial contra el hermano del occiso.

“Un grupo de personas intentó impedir la acción de los aprehensores, lo que generó una riña, de la cual resultó lesionado A1 y una agente de investigación, sin embargo, el primero de ellos falleció”, dice el expediente CDHEH-VG-2484-18.

Un día después de los hechos, y derivado de que se dieron a conocer en dos medios de comunicación, el organismo autónomo inició la queja de oficio y solicitó el informe de los cuatro efectivos que participaron en la detención contra el imputado por el delito de lesiones, derivado de la causa penal 134/2014.

Según la narración del señalado, actualmente preso en el Cereso de Pachuca, supuestamente los ministeriales no se identificaron y huyó, pero cuando acudió a esconderse en casa de su abuela oyó dos disparos. Después sus familiares le informaron que su consanguíneo recibió dos impactos en la cabeza y era trasladado al hospital en una ambulancia.

Tras argumentar licencia médica, el jefe de grupo de los oficiales fue omiso en atender los citatorios de la Comisión de Derechos Humanos, pese a que había sido requerido en distintas ocasiones entre noviembre y diciembre de 2018, así como los cinco primeros meses del año en curso porque era el único que estaba armado. Otros dos se rehusaron a rendir un informe sobre los hechos.

La CDHEH pidió a la fiscalía estatal que tome las medidas necesarias para garantizar la reparación del daño a los familiares de la víctima, instruya que se abra un proceso administrativo contra el comandante y que éste sea aprehendido, pues figura como imputado en la causa penal correspondiente.

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