Propone diputada despenalizar la eutanasia en Hidalgo

• Todo ser humano merece una muerte digna, sin sufrimiento, dolor ni depresión, y principalmente tener el libre derecho a la autodeterminación: Sharon Macotela
Redacción – PACHUCA
Con el objetivo de reconocer el derecho a la muerte digna a través de la eutanasia, otorgándole una calidad permisiva dirigida a enfermos en situación terminal, la diputada Sharon Macotela Cisneros presentó una iniciativa para reformar la Ley General de Salud y el Código Penal federal.
La legisladora argumentó que todo ser humano merece una muerte digna, sin sufrimiento, dolor ni depresión, y principalmente tener el libre derecho a la autodeterminación, lo que hace importante establecer la eutanasia activa como un acto de piedad.
El paciente en situación terminal -explicó- es lo que entendemos como aquel que presenta una enfermedad avanzada, progresiva e incurable, sin posibilidades de respuesta al tratamiento específico, con un pronóstico de vida limitado, con presencia de síntomas multifactoriales intensos y cambiantes, con impacto emocional en la persona, familiares, grupos sociales y con la necesidad de atención integral.
Según la definición de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y de la Sociedad Española de Cuidados Paliativos, la enfermedad en fase terminal es aquella que no tiene tratamiento específico curativo o con capacidad para retrasar la evolución, y que por ello conlleva a la muerte en un tiempo variable (generalmente inferior a seis meses); es progresiva; provoca síntomas intensos, multifactoriales, cambiantes, y conlleva un gran sufrimiento (físico, psicológico) en la familia y el paciente.
Sharon Macoleta subrayó la importancia de que toda persona tenga el derecho a decidir y/o elegir morir en un ambiente de sufrimiento y dolor o elegir la opción a ejercer el derecho a una a muerte asistida sin dolor, sin sufrimiento ya que en ocasiones la agonía se torna insoportable al punto de que no permite que estas personas vivan con dignidad.
De ahí que propuso modificar el artículo 312 del Código Penal federal para dejar a salvo los derechos de los médicos en caso de participar en una muerte asistida, como lo es la eutanasia activa entendida como el acto médico de terminar intencionalmente con la vida de un paciente en fase terminal, bajo la voluntad de éste, debido a que el sufrimiento se hace insostenible para el paciente en esa situación.
En ese caso, no le aplicaría la pena establecida que va de cuatro a 12 años de prisión. También planteó reformar la ley General de Salud en la parte que prohíbe la eutanasia activa.
La normatividad a nivel local únicamente acepta los procedimientos conocidos como voluntad anticipada, que generalmente se elaboran ante un notario público.