Tras 7 meses de las elecciones para gobernador, el TEEH sigue resolviendo expedientes

• En menos de nueve minutos, el órgano jurisdiccional acordó hoy dos asuntos: uno de ellos correspondiente a un procedimiento especial sancionador de Menchaca contra Viggiano
Miguel Alburquerque – PACHUCA
A más de siete meses de que en se llevaron a cabo los comicios para renovar la gubernatura de Hidalgo, el Tribunal Electoral estatal (TEEH) no termina de revolver recursos relativos a esa contienda.
Hoy, los magistrados encabezados por Rosa Amparo Martínez Lechuga desecharon un procedimiento especial sancionador interpuesto por el entonces candidato de Morena y hoy gobernador Julio Menchaca Salazar contra quien fuera su adversaria de la coalición Va por Hidalgo, Carolina Viggiano Austria, el diputado local perredista Miguel Ángel Martínez Gómez y “un asesor jurídico de ayuntamiento”.
Después de unas largas vacaciones de fin de año, el órgano jurisdiccional regresó a la actividad y en menos de nueve minutos este jueves resolvió dos expedientes, uno de ellos presentado por Menchaca Salazar ante lo que en su momento consideró la vulneración de los principios de neutralidad, imparcialidad y equidad en la contienda electoral del 5 de junio de 2022.
El entonces candidato de Morena denunció la asistencia de Martínez Gómez y del asesor jurídico de un municipio a eventos proselitistas de Viggiano Austria utilizando recursos públicos, así como la realización de diversas publicaciones en Facebook.
Sin embargo, en el proyecto de acuerdo relativo al expediente TEEH-PES-140/2022 el magistrado Leodegario Hernández Cortez explicó que, si bien se acreditó la existencia de publicaciones hechas por diversos usuarios en la red social, del caudal probatorio resultaron inexistentes las supuestas violaciones a la ley.
Esto, debido a que los denunciados no solicitaron viáticos ni utilizaron recursos públicos materiales o financieros en sus actividades de los días 20 de marzo; 3, 24, 25 y 30 de abril, y 9 de mayo de 2022, además de que la mayoría de los eventos por los cuales fueron señalados se llevaron en día no laboral (domingo).
Sólo los días 25 de abril y 9 de mayo fueron entre semana, pero quedó demostrado que los servidores públicos señalados no descuidaron sus funciones. Además, el quejoso fue omiso en aportar nuevos medios probatorios que generaran convicción sobre la celebración de esos eventos en fecha, modo y lugar para acreditar la falta.
Hernández Cortez explicó que tampoco se acreditó que Viggiano utilizara a su favor los cargos del diputado y el asesor jurídico, “y mucho menos que la hayan apoyado con recursos públicos”. El magistrado también declaró inexistente la infracción consistente por “culpa in vigilando” atribuida a los partidos PRI, PAN y PRD.